Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RADICACIÓN DEL JUICIO EN OTRO JUZGADO, POR INCOMPETENCIA. DEBE NOTIFICARSE PERSONALMENTE. REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-

Clave: 190 · Registro digital (IUS): 919042 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 2000; Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia; Pág. 307

La nueva radicación de los autos en un Juzgado de Distrito que ha aceptado la competencia que otro le atribuye, debe notificarse a las partes en forma personal, puesto que dicha radicación implica un cambio de jurisdicción por razón de territorio y la reanudación de las actuaciones procesales en el amparo, después de haberse suspendido temporalmente por la cuestión de competencia surgida en el juicio, y en atención a que deben hacerse llegar con certeza al conocimiento de las partes todas aquellas resoluciones de trascendencia para garantizarles la oportunidad de hacer valer sus defensas en tiempo y forma.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/919042-8bd5fbeb/radicacion-del-juicio-en-otro-juzgado-por-incompetencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época: Amparo en revisión 3678/74.-Gloria Blanca Díaz.-18 de noviembre de 1974.-Cinco votos.-Ponente: Alberto Jiménez Castro. Amparo en revisión 3082/74.-Mario Capitaine Couturier y otros.-25 de noviembre de 1974.-Cinco votos.-Ponente: Antonio Rocha Cordero. Amparo en revisión 1793/74.-Agustín Valerio Arrioja.-8 de enero de 1975.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 1973/74.-Sara Navarro Bustamante.-8 de enero de 1975.-Cinco votos.-Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 114/75.-Comisariado Ejidal del Poblado Carachurio, Municipio de Zirándaro, Guerrero.-19 de noviembre de 1975.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Apéndice 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, página 295, Segunda Sala, tesis 443.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis