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AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. OMISIÓN DE CONSTANCIA DE QUE ASISTIERA Y SE PRESIDIERA POR EL JUEZ DE DISTRITO. REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

Clave: 2085 · Registro digital (IUS): 1003964 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Sexta Sección - Procedimiento del amparo indirecto; Pág. 2399

Si de la lectura del acta relativa a la celebración de la audiencia constitucional que se dice precedió al fallo recurrido se advierte que en la misma no se hace constar que estuvo presente y fue presidida por el Juez de amparo y, como es precisamente el Juez Federal quien tiene a su cargo la declaración de apertura de audiencia, la recepción de pruebas, y en suma, acordar todo lo que se suscite en ella, dictando a continuación el fallo que corresponda, según todo ello se infiere de los artículos 151, 153 y 155 de la Ley de Amparo, es claro que se está en presencia de una violación a las reglas fundamentales que norman el procedimiento en el juicio de garantías en términos del artículo 91, fracción IV, del mismo ordenamiento legal y que proceda revocar el fallo recurrido y decretar la correspondiente reposición del procedimiento.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003964-cefd4ccb/audiencia-constitucional-omision-de-constancia-de-que-asistiera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión 59/90.—Roberto Ceballos Hernández.—24 de enero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Héctor Soto Gallardo.—Secretario: Joel Sánchez Cortés. Revisión 61/90.—Rafael Sedano Contreras.—31 de enero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Héctor Soto Gallardo.—Secretario: Carlos Fuentes Valenzuela. Revisión 89/90.—Martín Ramírez Martínez y coagraviados.—31 de enero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Héctor Soto Gallardo.—Secretario: Joel Sánchez Cortés. Revisión 25/91.—Abraham López López.—14 de febrero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Héctor Soto Gallardo.—Secretario: Joel Sánchez Cortés. Revisión 97/90.—Hilda Rodríguez Hernández.—14 de febrero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Héctor Soto Gallardo.—Secretario: Carlos Fuentes Valenzuela. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VIII, octubre de 1991, página 82, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VII.3o. J/2. Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 405, tesis 468.

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