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Modo: Corpus Pro

QUEJA, RECURSO DE, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 95, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DE AMPARO. CARGA DE LA PRUEBA EN EL.

Clave: 2323 · Registro digital (IUS): 1004132 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Décima Sección - Recursos; Pág. 2710

Aun cuando los artículos de la Ley de Amparo que regulan la procedencia y trámite del recurso de queja, no prevén ninguna norma relativa a que la parte recurrente deba probar los hechos o datos en que apoye sus agravios, lo cierto es que en la sustanciación del recurso corresponde probar a la promovente, pues en ese sentido resulta aplicable, por analogía, la previsión general que rige en el juicio de garantías y que consagra el artículo 149, párrafo tercero, de la Ley de Amparo, en el sentido de que queda a cargo del quejoso la prueba de los hechos que determinen la inconstitucionalidad del acto reclamado, que por tanto es operante en la tramitación de dicho recurso, lo que se robustece con la invocación del principio general de que quien afirma debe probar su dicho.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004132-daf2443b/queja-recurso-de-previsto-en-el-articulo-95 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 6/95.—Ferrocarriles Nacionales de México.—30 de marzo de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Luis Tirado Ledesma.—Secretario: Enrique Munguía Padilla. Queja 15/96.—Minerales Industriales, S.A. de C.V.—9 de mayo de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Antonio García Guillén.—Secretario: José Francisco Albarrán Mendoza. Queja 18/96.—Minerales Industriales, S.A. de C.V.—9 de mayo de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Antonio García Guillén.—Secretario: Jaime Cantú Álvarez. Queja 674/97.—Petróleos Mexicanos.—26 de febrero de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Fortino Valencia Sandoval. Queja 134/98.—Ferrocarriles Nacionales de México.—30 de abril de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guadalupe Madrigal Bueno.—Secretario: José Francisco Albarrán Mendoza. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, junio de 1998, página 545, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.4o.T. J/6; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, junio de 1998, página 546.

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