PARTICIPACIÓN DELICTIVA Y ACUERDO DE LOS SUJETOS.
El presupuesto de la coparticipación delictiva es que los diversos sujetos actúan con cooperación consciente y querida, o sea que la culpabilidad abarca la conciencia de la cooperación en la obra conjunta y por consiguiente del acuerdo recíproco; este acuerdo puede surgir antes de dar comienzo a la ejecución del hecho delictuoso o durante la misma ejecución y en esas condiciones la parte que cada autor consciente realiza, constituye la parte de un todo que es el delito y, por tanto, no responde solamente del resultado de su conducta concreta, sino del delito considerado unitariamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005560-b3e3a9f9/participacion-delictiva-y-acuerdo-de-los-sujetos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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