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DESPOJO DE INMUEBLE. EXISTENCIA DEL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Clave: 701 · Registro digital (IUS): 1006079 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Primera Sección - Sustantivo; Pág. 655

Si el quejoso de propia autoridad, en forma furtiva y haciendo uso de violencia forzó las cerraduras de la puerta de acceso de un inmueble del que ya había sido desalojado en cumplimiento a un mandato judicial, y se introdujo al mismo con el fin de ocuparlo de nueva cuenta, no obstante de tener conocimiento de que no tenía ningún derecho al uso y disfrute de la finca, es inconcuso que su conducta encuadra en el tipo delictivo previsto en el artículo 399 del anterior Código Penal del Estado y de igual contenido con el diverso 397 de la actual legislación penal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006079-d0266691/despojo-de-inmueble-existencia-del-legislacion-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 39/90.—José Ángel Sepúlveda Ayala.—14 de marzo de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez. Amparo directo 221/92.—Daniel Salazar Pérez y otro.—3 de junio de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Jesús María Flores Cárdenas. Amparo directo 325/94.—Hilario Pérez Rodríguez.—10 de agosto de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Jesús María Flores Cárdenas. Amparo directo 838/94.—Jesús Aguilar Sotelo.—18 de enero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez. Amparo directo 848/94.—Lidia Serrato Espinoza.—18 de enero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Jesús María Flores Cárdenas. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 86-2, febrero de 1995, página 45, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis IV.3o. J/38; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV-II, febrero de 1995, página 108. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 402, tesis 518.

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