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PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. LAS NORMAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE FEBRERO DE 2004, ENTRARON EN VIGOR EL 4 DE MAYO SIGUIENTE.

Clave: 212 · Registro digital (IUS): 1007132 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo IV. Administrativa Primera Parte - SCJN Primera Sección - Administrativa; Pág. 250

Del análisis del artículo Primero Transitorio del mencionado decreto se advierte una regla general consistente en que las reformas, adiciones y modificaciones entrarán en vigor a los noventa días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo los casos de excepción a que se refieren las demás disposiciones transitorias. En este sentido, de la lectura de la disposición transitoria citada no se advierte que entrará en vigor el día siguiente de aquel en que terminaron los noventa días, sino que las normas a que se refiere el artículo Primero Transitorio del referido decreto entraron en vigor el 4 de mayo de 2004, fecha que corresponde al nonagésimo día siguiente a su publicación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1007132-e8a2088f/proteccion-al-consumidor-las-normas-a-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Contradicción de tesis 196/2004-SS.—Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito.—18 de marzo de 2005.—Cinco votos.—Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos.—Secretaria: María Antonieta del Carmen Torpey Cervantes. Tesis de jurisprudencia 47/2005.—Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de marzo de dos mil cinco. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, agosto de 2005, página 329, Segunda Sala, tesis 2a./J. 47/2005; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, septiembre de 2005, página 582.

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