CONDONACIÓN, NEGATIVA DE [TESIS HISTÓRICA].
La fracción III del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación debe entenderse en el sentido de que, para los efectos de la misma, la condonación no es ningún recurso administrativo que deba agotarse previamente a la demanda de nulidad; lo que equivale a que el interesado puede omitir la instancia de condonación, sin que por ello resulte improcedente el juicio de nulidad. Pero, una vez que se solicita la condonación, la negativa a concederla puede ser combatida ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1008042-6a7f9242/condonacion-negativa-de-tesis-historica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONDONACIÓN, NEGATIVA DE-[TESIS HISTÓRICA].- (54 (H))
- CONDONACION, NEGATIVA DE. (s/clave)
- CONDONACION, NEGATIVA DE. (416)
- CONDONACION, RESOLUCIONES NEGATIVAS DE, (s/clave)
- CONDONACION. EFECTOS DE LA INTERPOSICION. (s/clave)
- CONDONACION DE MULTAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis