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RIESGO DE TRABAJO, INDEMNIZACIÓN POR. CORRESPONDE SU PAGO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN CASO DE SUBROGACIÓN, AUN CUANDO SU PAGO SE RECLAME DEL PATRÓN.

Clave: 1313 · Registro digital (IUS): 1010108 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 1 - Sustantivo; Pág. 1340

Cuando en un contrato colectivo de trabajo, se estipulan indemnizaciones por riesgo de trabajo iguales a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo y el trabajador reclame su pago al patrón, es suficiente que se pruebe haberlo asegurado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que llamado a juicio éste, se subrogue en el cumplimiento de las obligaciones del patrón respecto a tales responsabilidades, de conformidad con el artículo 60 de la Ley del Seguro Social.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010108-8bcd6bb8/riesgo-de-trabajo-indemnizacion-por-corresponde-su-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 12132/88.—María Luisa Monroy Colmenares.—3 de abril de 1989.—Unanimidad de votos.—Ponente: Catalina Pérez Bárcenas.—Secretaria: Lidia Beristáin Gómez. Amparo directo 6712/89.—Ferrocarriles Nacionales de México.—19 de febrero de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: Catalina Pérez Bárcenas.—Secretaria: María Catalina de la Rosa Ortega. Amparo directo 5692/90.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—11 de septiembre de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: Catalina Pérez Bárcenas.—Secretaria: Lidia Beristáin Gómez. Amparo directo 3822/93.—Juan Sánchez Olvera.—9 de junio de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: Miguel Bonilla Solís.—Secretaria: Martha Camacho Arellano. Amparo directo 6392/97.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—22 de agosto de 1997.—Unanimidad de votos.—Ponente: Luz María Corona Magaña.—Secretario: Javier Arnaud Viñas. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, TomoVII, junio de 1998, página 567, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.2o.T. J/4; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, junio de 1998, página 568. Nota: El artículo 60 citado por la tesis corresponde al artículo 53 de la Ley del Seguro Social vigente.

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