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PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA OMISIÓN DE LA JUNTA DE ANALIZAR LAS OFRECIDAS POR LAS PARTES ES VIOLATORIA DE LOS ARTÍCULOS 840, FRACCIÓN IV Y 841 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Clave: 1715 · Registro digital (IUS): 1010510 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1759

Los artículos 840, fracción IV y 841 de la Ley Federal del Trabajo prevén, respectivamente, que los laudos deben contener la enumeración de las pruebas y su apreciación por parte de la Junta, y que deben dictarse a verdad sabida y buena fe guardada, y apreciando los hechos en conciencia, sin sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas, pero expresando los motivos y fundamentos legales en que se apoyen. Ahora bien, cuando las partes dentro del procedimiento ofrecen pruebas de su parte y la Junta omite pronunciarse respecto de ellas en el laudo, ello constituye una violación a dichos preceptos que amerita el otorgamiento de la protección constitucional para el efecto de que la Junta, en un nuevo laudo, estudie y valore tales probanzas, y con base en ellas resuelva lo que en derecho proceda.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010510-db07fcc5/pruebas-en-el-procedimiento-laboral-la-omision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 456/90.—José Antonio Silva.—7 de febrero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Jesús María Flores Cárdenas. Amparo directo 476/2006.—Juan Carlos Cázares Barrón.—27 de septiembre de 2006.—Unanimidad de votos.—Ponente: Daniel Cabello González.—Secretario: M. Gerardo Sánchez Cháirez. Amparo directo 983/2006.—Refugio Fuentes Meléndez y otros.—27 de marzo de 2007.—Unanimidad de votos.—Ponente: Daniel Cabello González.—Secretario: M. Gerardo Sánchez Cháirez. Amparo directo 728/2007.—Raúl Bazaldúa Mireles.—22 de noviembre de 2007.—Unanimidad de votos.—Ponente: Daniel Cabello González.—Secretario: M. Gerardo Sánchez Cháirez. Amparo directo 277/2008.—1o. de octubre de 2008.—Unanimidad de votos.—Ponente: Marco Tulio Morales Cavazos, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, para desempeñar las funciones de Magistrado.—Secretario: M. Gerardo Sánchez Cháirez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, enero de 2009, página 2523, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis IV.3o.T. J/72; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, enero de 2009, página 2523.

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