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RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES DE PROCEDIMIENTO.

Clave: 163 · Registro digital (IUS): 1011455 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Apéndice 2011; Tomo I. Constitucional 3. Derechos Fundamentales Primera Parte - SCJN Décima Primera Sección - Irretroactividad de la ley y de su aplicación; Pág. 1090

La retroactividad de las leyes de procedimiento cabe cuando se trata de la forma con arreglo a la cual puede ser ejercido un derecho precedentemente adquirido, pero no cuando ese derecho ha nacido del procedimiento mismo, derecho del que no puede privarse a nadie por una ley nueva y que hizo nacer excepciones que pueden ser opuestas por el colitigante; mas la tramitación del juicio debe, desde ese punto, sujetarse a la nueva ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1011455-0a18bc15/retroactividad-de-las-leyes-de-procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 31/17.—The Sinaloa Land Company.—27 de febrero de 1918.—Mayoría de nueve votos.—Disidentes: S. Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 1187/19.—López María de la Luz.—20 de agosto de 1921.—Mayoría de ocho votos.—Disidente: Antonio Alcocer.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo penal directo 3020/30.—López Ramírez Agustín y coagraviado.—12 de febrero de 1931.—Mayoría de cuatro votos.—Disidente: Fernando de la Fuente.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo administrativo en revisión 11285/32.—Ramírez viuda de Russek Matilde.—10 de mayo de 1933.—Unanimidad de tres votos.—Disidentes: Daniel V. Valencia y Luis M. Calderón.—Relator: Arturo Cisneros Canto. Amparo civil en revisión 3018/33.—Ducoing Arturo, sucesión de.—2 de abril de 1934.—Unanimidad de cuatro votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 332, Tercera Sala, tesis 387.

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