POSESIÓN. LO QUE DEBE ENTENDERSE POR TÍTULO DE LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA).
Por título de posesión se entiende: a) Acto o hecho jurídico, que hace adquirir un derecho y que entronca con la causa; b) Documento en que consta ese acto o hecho adquisitivo; c) El derecho mismo que asiste a una persona y que la legitima activa y pasivamente. Entendiéndose por título la causa generadora de la posesión, de conformidad con lo dispuesto por la última parte del artículo 806, del Código Civil vigente en el Estado de Coahuila.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1013523-949d0354/posesion-lo-que-debe-entenderse-por-titulo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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