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REVISIÓN. TRATÁNDOSE DEL AMPARO PROMOVIDO POR EL QUEJOSO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN Y CONCEDIDO PARA EFECTOS POR INDEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, ES IMPROCEDENTE EL ANÁLISIS DE LOS AGRAVIOS EXPRESADOS EN DICHO RECURSO EN CUANTO AL FONDO DEL ASUNTO.

Clave: VI.1o.P. J/58 (9a.) · Registro digital (IUS): 159959 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1449

Si se trata del recurso de revisión derivado de un juicio de amparo promovido contra el auto de formal prisión en que se concedió al quejoso la protección de la Justicia Federal para efectos, por adolecer dicha resolución de una debida fundamentación y motivación, y sólo fue recurrido por aquél, es improcedente analizar los agravios expresados en cuanto al fondo del asunto por las siguientes razones: 1). La resolución recurrida ha causado estado o firmeza para el quejoso, toda vez que no fue impugnada por la parte a quien pudiera perjudicar, por lo que de estudiarlos, se desconocería la obligación de la autoridad responsable de emitir un acto con la debida fundamentación y motivación, máxime que el Juez de amparo no puede, en este caso, sustituirse al de origen, subsanando las deficiencias del auto de formal prisión; y 2). Porque la futura existencia del acto impugnado, en razón del cumplimiento de la ejecutoria es incierta, puesto que subsiste la posibilidad de que la resolución que se emita al resolver su situación jurídica sea de libertad, por lo que al estudiarlos, ello implicaría el riesgo de obsequiar un pronunciamiento que perjudique al recurrente, como lo es el revocar la sentencia combatida y negar la protección de la Justicia Federal en observancia del principio non reformatio in peius.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/159959-91c62825/revision-tratandose-del-amparo-promovido-por-el-quejoso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 55/2008. 13 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Torres Pérez. Secretario: Antonio Rodríguez Ortiz. Amparo en revisión 101/2008. 10 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Margarito Medina Villafaña. Secretario: Gonzalo de Jesús Morelos Ávila. Amparo en revisión 225/2008. 21 de agosto de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Torres Pérez. Secretaria: Hilda Tame Flores. Amparo en revisión 66/2009. 12 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Torres Pérez. Secretaria: Marcela Aguilar Loranca. Amparo en revisión 113/2012. 4 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Torres Pérez. Secretario: Arturo Delint Carsolio.

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