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Modo: Corpus Pro

AGUA Y DRENAJE. EL ARTÍCULO 204-B DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTABLECE LOS DERECHOS POR LA AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE SUS REDES, O BIEN PARA MODIFICAR LAS CONDICIONES DE ÉSTAS, TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2003).

Clave: 2a./J. 192/2004 · Registro digital (IUS): 180011 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 385

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que en términos del artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para juzgar sobre la proporcionalidad y equidad de los derechos por servicios, debe atenderse al objeto real del servicio prestado por la administración pública, el cual trasciende tanto a los costos como a otros elementos. En ese sentido, el artículo 204-B del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2003, al establecer que para fijar las cuotas por la autorización para usar las redes de agua y drenaje o modificar las condiciones de uso, debe considerarse el destino del inmueble por construir (habitacional, no habitacional o bodegas), los metros cuadrados de construcción y si tienen o no zonas de estacionamiento, transgrede los principios de proporcionalidad y equidad tributaria contenidos en el referido precepto constitucional, toda vez que por un mismo servicio otorgado en condiciones análogas se pagan cuotas diversas y se desatiende el objeto real del servicio prestado, que se traduce, fundamentalmente, en la recepción de la solicitud, el análisis de la documentación presentada por el solicitante y el trámite de la autorización; sin que resulte indispensable algún despliegue técnico para verificar si procede o no otorgar dicha autorización, pues la administración no debe realizar actos materiales para determinar la forma en que prestará el servicio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/180011-4a618387/agua-y-drenaje-el-articulo-204-b-del-codigo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Contradicción de tesis 171/2004-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Octavo y Décimo Primero, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 26 de noviembre de 2004. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Blanca Lobo Domínguez. Tesis de jurisprudencia 192/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del primero de diciembre de dos mil cuatro.

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