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ACCIÓN. PROCEDE AUNQUE NO SE EXPRESE SU NOMBRE.

Clave: I.8o.C. J/16 · Registro digital (IUS): 184550 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Abril de 2003; Pág. 881

El artículo 2o. del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal establece que la acción procede en juicio aunque no se exprese su nombre; por su parte, el artículo 255, fracción VI, del mismo ordenamiento legal constriñe al actor a que "procure" citar los preceptos legales o principios jurídicos aplicables a la acción que intente, pero no lo obliga a mencionarlos; en tal virtud, no es indispensable que el actor invoque las disposiciones legales que sustenten su acción para darle curso, porque tal requisito no se halla previsto en esos términos en el ordenamiento procedimental civil local. En efecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal acoge el principio de que los litigantes sólo están obligados a exponer y probar los hechos en que apoyen sus pretensiones, o bien, sus excepciones y defensas, y al Juez corresponde aplicar el derecho.

OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/184550-391ade7b/accion-procede-aunque-no-se-exprese-su-nombre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 732/96. Carolina García Sánchez. 7 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Néstor Gerardo Aguilar Domínguez. Amparo directo 1286/98. Silvia Clementina Izazola Ezquerro. 11 de diciembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arellano Hobelsberger. Secretario: José David Cisneros Alcaraz. Amparo directo 1410/99. María Eugenia Conde Gómez. 15 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arellano Hobelsberger. Secretario: José David Cisneros Alcaraz. Amparo directo 380/2000. Arrendadora Financiera Anáhuac, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Anáhuac. 31 de mayo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arellano Hobelsberger. Secretario: José David Cisneros Alcaraz. Amparo directo 80/2003. María Luisa Martínez Rodríguez. 3 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González Loyola Pérez. Secretaria: Dulce María Nieto Roa.

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