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DEMANDA DE AMPARO. DESECHAMIENTO DE LA. ALCANCE DE LA EXPRESIÓN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA.

Clave: XVII.2o. J/11 · Registro digital (IUS): 194725 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 648

El artículo 145 de la Ley de Amparo, precisa que el Juez de Distrito examinará ante todo, el escrito de demanda, y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano, sin suspender el acto reclamado; debiendo entenderse por motivo manifiesto e indudable, en los términos que precisa el citado artículo, que éste debe ser claro, sin lugar a dudas, evidente por sí mismo, que surja sin ningún obstáculo a la vista del juzgador, y que no pueda ser desvirtuado por ningún medio de prueba durante el juicio.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/194725-2512e2fd/demanda-de-amparo-desechamiento-de-la-alcance-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 59/95. Banco Nacional de México, S.A. 18 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretario: Rafael Maldonado Porras. Amparo en revisión (improcedencia) 244/96. Eduardo Adame Sánchez y otra. 5 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretaria: María Eufemia Sosa Luna. Amparo en revisión (improcedencia) 248/97. María Amparo Ortega García viuda de Rodríguez y otra. 4 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretario: Gerardo Ruiz Hernández. Amparo en revisión (improcedencia) 337/98. César Esquivel Porras, en su carácter de padre y tutor de la menor Delfina Esquivel Leein. 15 de octubre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Ángel Gregorio Vázquez González. Secretario: Gabriel A. Galván Carrizales. Amparo en revisión (improcedencia) 405/98. Yolanda Santiesteban Flores. 3 de diciembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretario: Gerardo Ruiz Hernández. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, página 503, tesis 747, de rubro: "DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO DE LA. ALCANCE DE LA EXPRESIÓN ‘MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA’.".

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