RECONVENCIÓN, DESECHAMIENTO DE LA. ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE DEBE COMBATIRSE EN AMPARO INDIRECTO.
El desechamiento de la acción reconvencional es un acto de imposible reparación, puesto que la sentencia que se pronuncie en el procedimiento respectivo ya no se ocupará del análisis de tal cuestión; luego entonces, tal desechamiento constituye o causa un gravamen de carácter irreparable que no puede equipararse a una violación procesal, además de que el artículo 159, en sus diversas fracciones, no lo contempla, por ello se dan los supuestos del artículo 114 de la Ley de Amparo y se determina la procedencia del juicio constitucional biinstancial.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/197542-9c35aa92/reconvencion-desechamiento-de-la-es-un-acto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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