MIGRACIÓN. EL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DE LA LEY RELATIVA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY EN MATERIA PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 14, PÁRRAFO TERCERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Una norma de tránsito tiene como función regular el paso ordenado de una ley anterior a una nueva, precisando cuál es el tratamiento que debe darse a las situaciones o hechos jurídicos que habiendo surgido durante la vigencia de aquélla, puedan tener alguno o algunos de sus efectos durante la vigencia de ésta, en estricto cumplimiento al principio de seguridad jurídica. Así, tratándose de la derogación o abrogación de leyes penales sustantivas, la regulación que al respecto realice una norma de tránsito debe observar el principio de exacta aplicación de la ley en materia penal previsto en el citado artículo 14, párrafo tercero. Ahora bien, el mencionado artículo transitorio, al establecer que los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley de Migración, por el delito previsto en el artículo 138 de la Ley General de Población -tráfico de indocumentados-, seguirán tramitándose hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos que le dieron origen y que lo mismo se observará respecto de la ejecución de las penas correspondientes, no viola el mencionado principio constitucional, porque las conductas penales tipificadas en el citado artículo 138 no dejaron de considerarse como delictivas por el legislador; por el contrario, subsisten por la traslación normativa que se realizó a los artículos 159 y 160 de la Ley de Migración. Así, la idéntica regulación refleja la voluntad del legislador de continuar tipificando las conductas contempladas en el derogado artículo 138, por lo que se presenta una sucesión de normas sustantivas penales en el tiempo, al preverse idénticas conductas típicas en la ley anterior y en la nueva; de ahí que los hechos cometidos durante la vigencia de aquélla, al no dejar de tener el carácter de delictivos, deben seguir surtiendo efectos durante la vigencia de la nueva ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2003315-5695d72a/migracion-el-articulo-decimo-transitorio-de-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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