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PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LA INTERPRETACIÓN CONFORME Y PRO PERSONA DEL ARTÍCULO 19, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, COMPATIBLE CON EL PARÁMETRO DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL, NO SÓLO DESCARTA SU IMPOSICIÓN AUTOMÁTICA, SINO QUE FUNDAMENTA LA APLICACIÓN DEL TEST DE PROPORCIONALIDAD ORDENADO POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO.

Clave: IX.P. J/4 P (11a.) · Registro digital (IUS): 2027761 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 11a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo IV; Pág. 3686

Hechos: En la sentencia recurrida el juzgador de amparo negó la protección constitucional contra la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, pues indicó que su imposición automática se corresponde con una restricción de derechos humanos de rango constitucional que prevalece sobre la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la interpretación conforme y pro persona de la prisión preventiva oficiosa, que resulta compatible con el parámetro de regularidad constitucional, no sólo descarta su imposición automática, sino que fundamenta la aplicación del test de proporcionalidad mandatado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso García Rodríguez y otro Vs. México.

Justificación: La interpretación conforme y pro persona del párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través de los elementos histórico, teleológico, literal, sistemático y funcional, permite concluir que la prisión preventiva, en su modalidad oficiosa, no se traduce en una automaticidad en su imposición que cancele todo debate entre las partes, ni el ejercicio del arbitrio judicial, sino que se cristaliza en la obligación del juzgador de ordenar ese debate sobre su fin legítimo, necesidad, idoneidad y estricta proporcionalidad.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2027761-41738878/prision-preventiva-oficiosa-la-interpretacion-conforme-y-pro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 104/2023. 31 de agosto de 2023. Unanimidad de votos, con voto concurrente del Magistrado José Javier Martínez Vega. Ponente: Mauricio Barajas Villa. Secretaria: Lucía Elizabeth Martínez Martínez. Amparo en revisión 123/2023. 7 de septiembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: José Javier Martínez Vega. Secretaria: Lourdes Viridiana Soto González. Amparo en revisión 85/2023. 13 de septiembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Lemoine Landeros, secretaria de tribunal autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretaria: Esther Yebra Cano. Amparo en revisión 111/2023. 6 de octubre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: José Javier Martínez Vega. Secretaria: Guadalupe Fabiola López Sáenz. Amparo en revisión 125/2023. 6 de octubre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Mauricio Barajas Villa. Secretaria: Lucía Elizabeth Martínez Martínez.

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