COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA LA IMPOSICIÓN DE LA PRISIÓN PREVENTIVA. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERCE JURISDICCIÓN DONDE SE UBICA EL JUEZ DE CONTROL QUE LA DECRETÓ.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito emitieron criterios discrepantes al resolver conflictos competenciales relativos a determinar el Juez de Distrito competente para conocer del juicio de amparo contra la prisión preventiva dictada por un Juez de Control ubicado en jurisdicción distinta a donde se ubica recluido el quejoso. Mientras que uno sostuvo que es competente el que ejerce jurisdicción donde se ubique dicha autoridad, porque los efectos jurídicos se ven reflejados donde se lleva el proceso, el otro concluyó que lo es el que se encuentra en la misma jurisdicción donde está recluido el quejoso, al ser el lugar en que se ejecuta el acto.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que en términos del artículo 37, párrafo primero, de la Ley de Amparo, cuando se reclama la determinación que ordena la prisión preventiva, sea oficiosa o justificada, el Juez de Distrito competente para conocer del juicio de amparo es el que ejerce jurisdicción sobre el Juez de Control que impuso dicha medida cautelar, aun cuando el quejoso se encuentre recluido en una jurisdicción diversa.
Justificación: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 187/2011, estableció, por un lado, que los efectos de la detención de una persona con motivo de la emisión de un auto de formal prisión se materializan en el lugar donde se encuentra recluida, pero también se trasladan directamente al proceso; por otro, destacó que el auto de plazo constitucional cuenta con varios efectos, entre ellos, dejar al inculpado cautelarmente privado de su libertad en un centro de reclusión destinado a la prisión preventiva, y dejarlo a disposición del Juez de primera instancia.Por tanto, al haber emitido el auto de plazo y que éste tenga como efectos restringir su libertad y ponerlo a disposición del Juez que lleva el proceso penal, concluyó que la detención no sólo se realiza donde físicamente se encuentra detenido el quejoso, sino también se materializa dentro del proceso, al dejarlo a disposición del juzgador que emitió dicho auto, y es precisamente dicho efecto el que tiene mayor valor, pues es ante dicho Juez donde debe controvertir las razones por las que se le mantiene privado de la libertad.Estos razonamientos resultan aplicables, ya que la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en el proceso penal acusatorio justifica la detención precautoria del imputado, lo que tiene como efecto que quede privado de su libertad de manera preventiva, y a disposición de la autoridad que emitió dicha medida. Al resultar idénticas las consecuencias jurídicas del auto de formal prisión emitido en el proceso inquisitivo y la prisión preventiva dictada en el sistema penal acusatorio, en tanto que en ambas se justifica la detención cautelar del imputado y se deja a disposición del Juez que emitió dicha determinación, se concluye que la detención de la persona no se materializa exclusivamente en el espacio geográfico donde se realiza su retención, sino que ocurre simultáneamente donde se dictó la medida cautelar en su contra, que es donde tiene su principal impacto y repercusión, ya que son los razonamientos de esta autoridad los que lo mantienen privado de la libertad. Al tener ejecución el acto donde se emitió la prisión preventiva, conforme al artículo 37, párrafo primero, de la Ley de Amparo, el Juez de Distrito competente es el que ejerce jurisdicción sobre del Juez de Control que la impuso.
PLENO REGIONAL EN MATERIA PENAL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2028301-37a077ad/competencia-para-conocer-del-juicio-de-amparo-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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