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NOTIFICACIONES EN MATERIA CIVIL. SURTEN SUS EFECTOS EL MISMO DIA QUE SE REALIZAN SI SON PERSONALES Y AL DIA SIGUIENTE SI SE REALIZAN EN LA TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).

Clave: XXIII. J/3 · Registro digital (IUS): 203916 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 396

El artículo 180 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas, dispone que los términos judiciales comenzarán a correr a partir del día siguiente de aquel en que se realicen, por lo tanto, las notificaciones personales surten sus efectos en el momento en que se hacen; pero esa regla tiene su excepción cuando las notificaciones se llevan a cabo en la tabla de avisos del juzgado por cédula o por lista porque entonces surten sus efectos hasta el día siguiente, atento a lo señalado por el numeral 175 del mismo ordenamiento legal.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/203916-05942100/notificaciones-en-materia-civil-surten-sus-efectos-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 433/93. Bancomer, S.A. 2 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Arroyo Moreno. Secretario: José de Jesús Ortega de la Peña. Amparo directo 131/94. Mario Soria Noriega. 2 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Pérez Herrera. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas. Amparo directo 349/94. Maximina Mora Pérez. 23 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Arroyo Moreno. Secretario: José de Jesús Ortega de la Peña. Amparo directo 323/95. Gas Butano de Zacatecas, S.A. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Pérez Herrera. Secretario: Eduardo Antonio Loredo Moreleón. Amparo directo 765/95. José Ascención Bañuelos Correa. 1o. de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Pérez Herrera. Secretaria: Rosalía Argumosa López.

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