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Modo: Corpus Pro

IMPEDIMENTOS DE FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL FEDERAL EN MATERIA DE AMPARO. PARA QUE PROSPEREN DEBEN PROBARSE LAS CAUSAS DE LOS MISMOS.

Clave: 3a. 23 · Registro digital (IUS): 207439 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 387

En los impedimentos que hacen valer las partes, en los juicios de amparo, en contra de los funcionarios del Poder Judicial Federal, corresponde a quien los formula probarlos debidamente, y con mayoría de razón cuando la causa de impedimento que se atribuye al funcionario federal es negada por éste.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/207439-8939132d/impedimentos-de-funcionarios-del-poder-judicial-federal-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Impedimento 66/82. Francisco Rosales Pérez. 20 de enero de 1983. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Víctor Hugo Díaz Arellano. Séptima Epoca, Volúmenes 169-174, Cuarta Parte, página 91. Impedimento 25/84. Homero Garza Fernández y coagraviados. 27 de febrero de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta. Impedimento 68/80. Angel Leal Ramírez apoderado de Luz Sánchez Reyes. 23 de junio de 1986. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdova. Impedimento 75/86. Walter Federico, Ruth Francisca y Renate Silvia Loquay Ramsauer. 10 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno. Impedimento 183/88. Fidel Tanus Hage. 4 de enero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rodolfo Pasarín de Luna. Texto de la tesis aprobado por la Tercera Sala, en sesión de ocho de marzo de mil novecientos ochenta y nueve, por unanimidad de cuatro votos de los señores ministros: Presidente Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Mariano Azuela Güitrón, José Manuel Villagordoa Lozano y Salvador Rocha Díaz. Ausente: Ignacio Magaña Cárdenas. Nota: Esta tesis se publicó como jurisprudencia en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 217-228, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 380, con dos precedentes distintos, bajo el rubro "IMPEDIMENTOS DE FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL FEDERAL. PARA QUE PROSPEREN DEBEN PROBARSE LAS CAUSAS DE LOS MISMOS.".

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