Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL, Y TERMINOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO.

Clave: V.2o. J/85 · Registro digital (IUS): 213343 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 74, Febrero de 1994; Pág. 64

Resulta inaplicable el artículo 24, fracción I de la Ley de Amparo, para estimar si la demanda de garantías se encuentra presentada en tiempo solicitando el amparo de la Justicia Federal, ya que se refiere al cómputo de los términos en el juicio de amparo, es decir, dicho precepto habla de los términos dentro del procedimiento en el juicio de garantías, pero de ninguna manera se refiere al término de quince días para interponer la demanda, pues este término se encuentra establecido por el artículo 21 de la Ley de Amparo, que señala que se contará desde el día siguiente al en que se haya notificado la resolución o acuerdo que reclama el quejoso.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/213343-e4578206/amparo-termino-para-la-interposicion-del-y-terminos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 446/92. Guillermo García Vargas. 13 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Amparo directo 469/92. Arrendadora Carnaval, S.A. de C.V. 25 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo directo 30/93. Afianzadora Insurgentes, S.A. 3 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo directo 88/93. Nody, S.A. de C.V. 10 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretaria: Edna María Navarro García. Amparo directo 553/93. Afianzadora Insurgentes, S.A. 13 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez.

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