COSTAS, CUANDO EXISTEN DOS SENTENCIAS CONFORMES DE TODA CONFORMIDAD EN CONTRA DEL QUEJOSO ES CORRECTA LA CONDENA EN. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
Es correcta la condena en costas para el quejoso cuando existen dos sentencias conformes de toda conformidad, toda vez que se producen los supuestos a que se refiere el artículo 140, fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/216143-c0009a13/costas-cuando-existen-dos-sentencias-conformes-de-toda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 610/91. Jesús Martínez Hernández, por sí y en ejercicio de la patria potestad de las menores Flor Dulieth y Talia Yesenia Martínez de la Cruz. 16 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 100/92. Ramón Gordillo Suárez. 26 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.
Amparo directo 264/92. Lucía García León. 18 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 351/92. María Elena Ricalde Rodríguez de Corzo. 3 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 172/93. Elvira Ochoa Robles. 15 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.
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