PRUEBA PERICIAL, VALORACION DE LA. POR LAS JUNTAS.
La junta en uso de la facultad soberana que tiene para apreciar las pruebas que le son ofrecidas y tratándose de la pericial que tiene carácter colegiado, debe analizar individualmente los fundamentos de cada uno de los dictámenes presentados, apreciándolos en relación con las constancias de autos, a fin de decidir a cuál de los peritajes le otorga valor probatorio, debiendo precisar los motivos del porqué les concede valor a unos y les niega a otros.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/218413-13a1e2e2/prueba-pericial-valoracion-de-la-por-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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