PRUEBA PERICIAL, VALOR PROBATORIO DE LA.
Independientemente de la coincidencia en los dictámenes de los peritos de la defensa y del tercero en discordia, el juzgador, con la libertad de criterio y amplitud de jurisdicción, puede concederle valor convictivo a la pericial de cargo, si fundada y motivadamente y con base en la relación del estudio, con todas y cada una de las pruebas y constancias de autos, así lo juzga apropiado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227264-3f649cc2/prueba-pericial-valor-probatorio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 525/89. Roberto Oribio Gallegos. 30 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Eduardo N. Santoyo Martínez.
Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis 485/2009 en la Primera Sala.
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