Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS EN EL AMPARO. DEBEN RENDIRSE EN PRIMERA INSTANCIA.

Clave: VI. 2o. J/73 · Registro digital (IUS): 226487 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990; Pág. 713

Las pruebas deben rendirse ante el Juez de Distrito y no ante al Tribunal Colegiado al expresar agravios contra la sentencia de primera instancia.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/226487-de2d1e20/pruebas-en-el-amparo-deben-rendirse-en-primera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 111/88. Banco Nacional de Comercio Exterior, S. N. C. 26 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera. Amparo en revisión 377/88. Julio Juárez Saldaña. 23 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario Jorge Núñez Rivera. Amparo en revisión 182/89. Pablo Muñoz Toxqui y otros. 6 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 191/89. José Atenco Cuéllar y otro. 13 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Amparo en revisión 27/90. Alberto Hernández Huerta y otros. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera.

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