Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS EN EL AMPARO, CUANDO DEBEN RENDIRSE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 221478 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 279

Deben rendirse ante el juez de Distrito y no durante la revisión, ante el Tribunal Colegiado, al expresar agravios contra la sentencia pronunciada en primera instancia.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221478-5fdfb5cf/pruebas-en-el-amparo-cuando-deben-rendirse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 103/91. Ramón Gordillo Reyes. 7 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez- Mellado García. Secretario: Ramón Parra López. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1988, Segunda Parte, Tesis 1514, página 2408.

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