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Modo: Corpus Pro

PRIMA DE ANTIGÜEDAD. FIJACION DE SU IMPORTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 243037 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 179

Para fijar el monto de la prima de antigüedad debe tomarse en consideración el tiempo que realmente el trabajador prestó servicios a la parte demandada y no el número de años que duró la relación laboral; porque la Ley Federal del Trabajo, al señalar en la fracción I del artículo 162 las reglas para fijar el importe de la prima de antigüedad, se refiere a años de servicios prestados, es decir, a años efectivamente laborados en su integridad y no a los que tuvo de duración la relación laboral entre las partes, término este que, si tuvo interrupciones, lógicamente no deben computarse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/243037-d727b7cc/prima-de-antiguedad-fijacion-de-su-importe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 68, página 22. Amparo directo 514/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de agosto de 1974. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Alberto Alfaro Victoria. Volumen 73, página 34. Amparo directo 553/74. Ingenio "El Potrero", S.A. 9 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 80, página 23. Amparo directo 1372/75. Azucarera de Ameca, S.A. 14 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga. Volumen 81, página 23. Amparo directo 1906/75. Ingenio Tala, S.A. 4 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga. Volumen 81, página 23. Amparo directo 2426/75. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de septiembre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga. Volúmenes 151-156, página 73. Amparo directo 3309/75. Azucarera de Ameca, S.A. 24 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretaria: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo.

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