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RAPTO Y ESTUPRO, SON FIGURAS AUTONOMAS LOS DELITOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 258988 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 48

Es inexacta la afirmación de que en rapto se subsume el delito de estupro, ya que se trata de dos figuras delictivas con presupuestos distintos, pues en tanto que en el rapto los elementos esenciales del delito son: el apoderamiento de una mujer, retención y su desplazamiento llevándola a un medio controlado por el raptor y, en esta forma, segregándola del ambiente familiar en que antes vivía, ejerciendo violencia física o moral y por medio de la seducción y el engaño, tratándose del estupro, el sujeto tiene como finalidad primordial, la realización de la cópula con mujer menor de dieciocho años, casta y honesta, y obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o el engaño; por lo que es de concluirse que el rapto no absorbe al delito de estupro, por cuanto a que no es el único medio idóneo para la realización del delito de estupro.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/258988-4d2b8731/rapto-y-estupro-son-figuras-autonomas-los-delitos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Volumen VII, página 77. Amparo directo 1379/57. Héctor Galindo Frayre. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XVII, página 266. Amparo directo 2649/58. Ismael Morales Lara. 11 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XXI, página 180. Amparo directo 6385/58. Francisco Espriu Machado. 6 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XXVI, página 120. Amparo directo 7650/58. Lorenzo Juárez López y coagraviado. 4 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen CXII, página 46. Amparo directo 7665/65. Alberto Velázquez Corona. 20 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Alberto González Blanco.

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