Corpus
Modo: Corpus Pro

PROCESOS PENALES, TERMINO PARA FALLAR EN LOS.

Clave: 264 · Registro digital (IUS): 390133 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 1995; Tomo II, Parte SCJN; Pág. 149

La garantía del término constitucional para fallar en los procesos, se refiere a los acusados, sin distinción alguna, sin que pueda alegarse que los que se hallan en libertad caucional no tienen derecho a reclamarla.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390133-f4fb9c15/procesos-penales-termino-para-fallar-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo en revisión 341/23. Sánchez vda. de Villegas Esther. 12 de junio de 1924. Unanimidad de nueve votos. Amparo en revisión 9051/42. Jasso Miguel. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 4964/43. Kuri Salomón. 29 de febrero de 1944. Cinco votos. Amparo en revisión 3553/44. Maya Avila Ernesto y coags. 24 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 6957/46. Ochoa Severo. 20 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos.

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