Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISION FISCAL, COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA SEGUNDA SALA PARA CONOCER DE LA.

Clave: 1193 · Registro digital (IUS): 392083 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 1995; Tomo III, Parte HO; Pág. 938

Atento lo dispuesto por los artículos 104, fracción I, párrafo tercero, de la Constitución General de la República, 242 y 244 del Código Fiscal de la Federación y 25, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la competencia para conocer de los recursos de revisión fiscal es única y exclusiva de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sea cual fuere la cuantía del negocio, la cual, cuando es de $500,000.00 o mayor de esta cantidad, es suficiente para acreditar que el asunto en cuestión reúne los requisitos de importancia y trascendencia, pero en nada influye para determinar la competencia de la Segunda Sala respecto al conocimiento del mismo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392083-b1fd8c99/revision-fiscal-competencia-exclusiva-de-la-segunda-sala · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca: Revisión fiscal 49/78. Gas y Servicio, S. A. 25 de abril de 1979. Cinco votos. Revisión fiscal 110/78. Vidrio Plano, S. A. 11 de junio de 1979. Cinco votos. Revisión fiscal 121/78. Congeladora Niño, S. A. de C. V. 25 de junio de 1979. Cinco votos. Revisión fiscal 114/78. Hojalata y Lámina, S. A. 27 de junio de 1979. Cinco votos. Amparo en revisión 129/78. Almacenes del Mayo, S. A. 27 de junio de 1979. Cinco votos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis