Corpus
Modo: Corpus Pro

SUCESIONES. IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO DE DENUNCIARLAS.

Clave: 375 · Registro digital (IUS): 392502 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 6a. Época; 3a. Sala; Ap. 1995; Tomo IV, Parte SCJN; Pág. 252

Es imprescriptible el derecho a denunciar los juicios sucesorios y, por tanto, el de heredar y el de aceptar la herencia, pues nuestro derecho, siguiendo al romano y al antiguo español que lo inspiraron, y apartándose en este punto del francés, mantiene aquella tradición y no contiene precepto que establezca dicha prescripción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392502-7f4c4ae2/sucesiones-imprescriptibilidad-del-derecho-de-denunciarlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Epoca: Amparo directo 5633/54. María Isabel Herrera de Rodríguez. 22 de octubre de 1956. Cinco votos. Amparo directo 6726/56. Eufemio Varela Martínez. 23 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 7154/58. Eugenio Cabrera Baeza. 10 de julio de 1959. Cinco votos. Amparo directo 3516/59. Francisco Bautista y socios. 18 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 6942/56. Felipe R. Hernández. 25 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.