SUCESIONES. IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO DE DENUNCIARLAS.
Es imprescriptible el derecho a denunciar los juicios sucesorios y, por tanto, el de heredar y el de aceptar la herencia, pues nuestro derecho, siguiendo al romano y al antiguo español que lo inspiraron, y apartándose en este punto del francés, mantiene aquella tradición y no contiene precepto que establezca dicha prescripción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392502-7f4c4ae2/sucesiones-imprescriptibilidad-del-derecho-de-denunciarlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Sexta Epoca:
Amparo directo 5633/54. María Isabel Herrera de Rodríguez. 22 de octubre de 1956. Cinco votos.
Amparo directo 6726/56. Eufemio Varela Martínez. 23 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 7154/58. Eugenio Cabrera Baeza. 10 de julio de 1959. Cinco votos.
Amparo directo 3516/59. Francisco Bautista y socios. 18 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 6942/56. Felipe R. Hernández. 25 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
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