CLAUSULA DE EXCLUSION.
El patrón no está obligado a cerciorarse de la legalidad del acuerdo de exclusión de un trabajador, tomado por el sindicato, para acatar tal acuerdo, pues ello equivaldría a que el patrono tuviera ingerencia en el funcionamiento interno de la organización sindical, lo cual es contrario a la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392948-930ccd50/clausula-de-exclusion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo directo 7594/38. García Antonio G. 25 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 7015/39. Olguín Eduardo. 26 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 2827/40. Colgate Palmolive Peet, S. A. 23 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 7077/42. Aguirre Luis. 12 de marzo de 1943. Cinco votos.
Amparo directo 682/43. Cordelería de San Juan. 25 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos.
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