Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SINDICATOS. LAS DEMANDAS DE TRABAJO EN REPRESENTACION DE SUS AGREMIADOS, DEBEN EXPRESAR LOS NOMBRES DE ESTOS.

Clave: 527 · Registro digital (IUS): 393420 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; 4a. Sala; Ap. 1995; Tomo V, Parte SCJN; Pág. 349

Cuando los sindicatos ejerciten acciones en que se discutan únicamente derechos patrimoniales de los trabajadores en lo personal, deben precisar, en sus respectivas demandas de trabajo, los nombres de esos trabajadores.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/393420-9460e4bb/sindicatos-las-demandas-de-trabajo-en-representacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo directo 7087/45. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 17 de julio de 1946. Cinco votos. Amparo directo 359/46. Petróleos Mexicanos. 7 de julio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Amparo directo 1337/46. Pérez Susana. 14 de julio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Amparo directo 2297/47. "El Potosí Mining Co." y coag. 1o. de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 9039/46. Sindicato Nacional de Estibadores, Alijo, Cargaduría, Marinos y Similares de la República Mexicana. 27 de agosto de 1947. Cinco votos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis