Corpus
Modo: Corpus Pro

DESPIDO. INEXISTENCIA DEL.

Clave: 680 · Registro digital (IUS): 393573 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 1995; Tomo V, Parte TCC; Pág. 458

Si el trabajador manifiesta que fue despedido en determinada fecha y durante el procedimiento reconoce que con posterioridad siguió laborando en la fuente de trabajo, ello implica que el despido alegado no existió, dado que la relación laboral subsistió con posterioridad a la fecha en que se ubicó la separación.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/393573-771c4800/despido-inexistencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Amparo directo 258/88. Elia Guillermina López Ayllón. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Amparo directo 262/88. Miguel Camarena Marón. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Amparo directo 269/91. Rafael García Rojas. 23 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Amparo directo 345/91. José Luis Rivera Ayón. 22 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 535/92. Víctor Rodríguez Godínez. 7 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. NOTA: Tesis III.T.J/34, Gaceta número 60, pág. 55; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo X-Diciembre, pág. 158.

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