COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS AMPAROS EN REVISION POR INVASION DE ESFERAS. CORRESPONDE A LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE CUANDO NO PROCEDA EL EXAMEN DE ESA CUESTION O EXISTA JURISPRUDENCIA DEL PLENO AL RESPECTO.
Corresponde a las Salas de la Suprema Corte la competencia para conocer y resolver los amparos en revisión por invasión de esferas cuando por cualquier motivo legal no proceda entrar al examen de esa cuestión, o bien, exista jurisprudencia del Pleno al respecto, por aplicación analógica del Acuerdo I/88 del Tribunal Pleno en respeto al principio jurídico consistente en que donde existe la misma razón debe existir la misma disposición. Efectivamente, dicho acuerdo fue emitido con fundamento, entre otros, en los artículos 94, párrafo sexto, constitucional, y 12, fracción XXXVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para que las Salas de la Suprema Corte conozcan de los amparos en revisión en los que habiéndose reclamado la inconstitucionalidad de una ley o de un tratado internacional no proceda entrar al examen de esa cuestión; de las revisiones en amparo directo en las que existiendo en la sentencia recurrida un pronunciamiento de constitucionalidad de una ley, tampoco proceda el examen relativo; así como de los recursos mencionados cuando exista jurisprudencia del Pleno sobre la cuestión debatida, lo anterior a fin de que éste se ocupe de las cuestiones estrictamente constitucionales en las que no haya determinado jurisprudencialmente algún criterio. De igual manera, debe corresponder a las Salas conocer de los amparos en revisión por invasión de esferas de la competencia originaria del Pleno, cuando no proceda el análisis de esa cuestión o exista jurisprudencia al respecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394108-a9bc102e/competencia-para-conocer-de-los-amparos-en-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS AMPAROS EN REVISION POR INVASION DE ESFERAS. CORRESPONDE A LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE CUANDO NO PROCEDA EL EXAMEN DE ESA CUESTION O EXISTA JURISP (3a./J. 37/94)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE AMPAROS EN REVISION EN LOS QUE SUBSISTIENDO EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES O DE INVASION DE ESFERAS, EXISTA JURISPRUDENCIA DEL PLENO EN ALGU (2a. XCIII/95)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE AMPAROS EN REVISIÓN EN LOS QUE SUBSISTIENDO EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES O DE INVASIÓN DE ESFERAS, EXISTA JURISPRUDENCIA DEL PLENO EN ALGU (670)
- COMPETENCIA DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION POR INVASION DE ESFERAS, CUANDO SE SURTE. (P. LIX/93)
- COMPETENCIA. PARA RESOLVER REVISIONES EN AMPARO INDIRECTO CUANDO YA EXISTA JURISPRUDENCIA QUE RESUELVA EL TEMA DE CONSTITUCIONALIDAD PROPUESTO, AUN CUANDO LA MISMA SEA GENERICA, CO (156)
- COMPETENCIA. PARA RESOLVER REVISIONES EN AMPARO INDIRECTO CUANDO YA EXISTA JURISPRUDENCIA QUE RESUELVA EL TEMA DE CONSTITUCIONALIDAD PROPUESTO, AUN CUANDO LA MISMA SEA GENERICA, CO (3a./J. 16/93)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis