Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISION MAL ADMITIDA. DEBE DESECHARSE.

Clave: 479 · Registro digital (IUS): 394435 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; 2a. Sala; Ap. 1995; Tomo VI, Parte SCJN; Pág. 318

Si el Presidente de la Suprema Corte viola la jurisprudencia respectiva, al admitir el recurso de revisión interpuesto por quienes no tienen personalidad, como tal resolución no causa ejecutoria ni la Sala correspondiente está obligada a respetarla, cuando es contraria a la ley o a la jurisprudencia, procede desechar dicho recurso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394435-ee6cc398/revision-mal-admitida-debe-desecharse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo en revisión 6071/34. Negociación Minera de Guadalupe de los Reyes, S. A. 13 de febrero de 1936. Mayoría de cuatro votos. Amparo administrativo en revisión 654/36. Godínez Elisa. 9 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Amparo administrativo en revisión 1549/33. "Manuel Pérez y Hermano". 30 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Amparo administrativo en revisión 13055/32. Hernández Picos Manuel. 11 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Amparo administrativo en revisión 15/36. Braniff Alberto. 3 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis