PRUEBAS EN EL AMPARO DIRECTO. NO SON ADMISIBLES LAS SUPERVENIENTES.
Dada la tramitación del juicio de amparo directo, las pruebas que se rindan en el mismo, sólo pueden consistir en las constancias del expediente formado por la autoridad responsable, de las que aparezca el acto reclamado; constancias de las cuales el quejoso ha de pedir copia para presentarla con su demanda de amparo; pero no pueden admitirse pruebas con calidad de supervenientes, porque éstas implican necesariamente variación de las situaciones jurídicas planteadas ante la autoridad responsable, pues las sentencias que se dicten en los juicios de amparo, han de tomar en consideración el acto reclamado tal como fue del conocimiento de la autoridad responsable.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394894-80e18261/pruebas-en-el-amparo-directo-no-son-admisibles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS EN EL AMPARO DIRECTO. NO SON ADMISIBLES LAS SUPERVENIENTES. (VI.1o. J/74)
- PRUEBAS EN AMPARO DIRECTO. NO PUEDEN ADMITIRSE EN EL, CON CALIDAD DE SUPERVENIENTES. (2205)
- PRUEBAS EN AMPARO DIRECTO. NO PUEDEN ADMITIRSE EN ÉL, CON CALIDAD DE SUPERVENIENTES.- (557)
- PRUEBAS EN AMPARO DIRECTO. NO PUEDEN ADMITIRSE EN EL, CON CALIDAD DE SUPERVENIENTES. (933)
- PRUEBAS EN AMPARO DIRECTO. NO PUEDEN ADMITIRSE EN EL, CON CALIDAD DE SUPERVENIENTES. (VII. P. J/31)
- AMPARO DIRECTO, PRUEBAS SUPERVENIENTES EN EL. (XXI.1o.75 K )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis