ALCOHOL, IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE.
La jurisprudencia establecida por la Suprema Corte en el sentido de que el impuesto sobre alcohol debe causarse sobre la cantidad de alcohol realmente elaborado y no simplemente atendiendo a la cuota de calificación, es decir, sobre la cantidad de litros que se autorizó a elaborar al interesado, sigue siendo aplicable a pesar de la reforma de 11 de abril de 1944 de la Ley de Impuesto Sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, por tratarse de un impuesto sobre producción y no sobre cuota.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395280-3d124ed1/alcohol-impuesto-sobre-produccion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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