ALCOHOL, IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE.
A pesar de la reforma de once de abril de mil novecientos cuarenta y cuatro de la Ley del Impuesto Sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, por tratarse de un impuesto sobre producción, no de imposición sobre cuota, debe estimarse que sigue siendo aplicable la jurisprudencia previamente establecida por la Suprema Corte, en el sentido de que el impuesto sobre producción de alcohol debe causarse sobre la cantidad de alcohol realmente elaborado y no sobre la cuota de calificación que señaló la cantidad de litros que se autorizó a elaborar al interesado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317685-ebf64504/alcohol-impuesto-sobre-produccion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ALCOHOL, IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE. (85)
- ALCOHOL, IMPUESTO AL. (s/clave)
- ALCOHOL, IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE. (s/clave)
- ALCOHOL, IMPUESTO AL. (s/clave)
- ALCOHOLES, IMPUESTOS SOBRE. (s/clave)
- ALCOHOL, IMPUESTO AL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis