PRUEBA PERICIAL, EFICACIA DE LA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU EXTENSION.
No es la extensión de los dictámenes periciales lo que determina la eficacia probatoria de los mismos, sino que tal eficacia depende de las consideraciones en que se haya basado el dictaminador para emitir sus conclusiones y que en un momento dado son las que dan lugar a que la Junta en uso de la facultad soberana que tiene para apreciar la prueba pericial que ante ella se rinda, dé el valor probatorio que estime conveniente, según su prudente arbitrio, a los dictámenes presentados por los peritos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395447-26cfcc03/prueba-pericial-eficacia-de-la-independientemente-de-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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