PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
Si al emitir un dictamen pericial el perito no da las razones debidas y fundadas que sustentan su opinión, tal dictamen no cumple con su cometido que es precisamente auxiliar al juzgador en la percepción e inteligencia de los hechos que se investigan, ya que no aporta datos fundados que permitan deducir consecuencias que conduzcan al conocimiento de la verdad que se busca, y si el tribunal responsable concede valor probatorio pleno a dicho peritaje, es inconcuso que hace un indebido uso del arbitrio que la ley le concede para apreciar la prueba de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240576-17d4d48e/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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