PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
Considerando que la prueba pericial queda sujeta a la estimación judicial, de acuerdo con un prudente arbitrio, no debe prevalecer la valorización que haga cualquiera de las autoridades de instancia, por sí misma, sino que debe seguir siendo el prudente arbitrio el que decida, en los casos de amparo, cuál de las estimaciones debe prevalecer, pues en ambos casos debe regir el mismo principio que la jurisprudencia ha venido consagrando, es decir, el de que la estimación de tal prueba no debe ser arbitraria, sino que debe fundarse en las reglas fundamentales de la lógica y en las constancias procesales, para no ir en contra de la realidad misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349567-1821ea86/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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