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CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, DEPOSITO DE LOS.

Clave: 51 · Registro digital (IUS): 395460 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 1975
Localización: [J]; 5a. Época; 4a. Sala; Ap. 1975; Parte V; Pág. 62

El acuerdo que recayó al depósito del contrato, de ninguna manera sanciona una renuncia de algún derecho consagrado a favor del sindicato recurrente, pues se limitó únicamente a determinar la fecha de la vigencia del Contrato Colectivo de Trabajo obligatorio; y la fracción XXVII, inciso h), del artículo 123 de la Constitución Federal, no puede reputarse infringida, porque se refiere a condiciones que sean nulas y que estén contenidas en los contratos, y ese acuerdo no constituye el contrato sino que es una decisión de autoridad. Ahora bien, si la Junta responsable no desconoció la acción de nulidad propuesta por el quejoso, sino antes bien la estudió, fundamentando las razones por las cuales era improcedente, y no existe prueba en autos de que todos los signatarios del contrato colectivo de trabajo hubiesen ejercitado la acción de nulidad, en los mismos términos, al estimar la precitada Junta que esa acción no procedía, porque no habían sido oídos ni vencidos en juicio todos los interesados en la resolución cuya nulidad se pedía, es indudable que procedió con estricto apego a la ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395460-27ba55f1/contratos-colectivos-de-trabajo-deposito-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo LXXV, pág. 5778. Amparo directo 10250/42, Sec. 2a. Sindicato de "Acción Proletaria" de Obreros de la Fábrica de Hilados y Tejidos "La Trinidad". Sin votación. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXV, pág. 8859. Sindicato "Felipe Carrillo Puerto" de Obreros de la Fábrica de Hilados y Tejidos "Santa Isabel". Sin votación. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXV, pág. 8859. Sindicato "Mártires de San Angel y Obreros de la Fábrica de Hilados y Tejidos" "Negociación Fabril de Soria", S.A. 31 de marzo de 1943. (Indice Alfabético). Tomo LXXVI, pág. 2575. Amparo directo 1375/43. Sindicato "La Industrial de Nazas" de Obreros de la Fábrica de Hilados y Tejidos "La Industrial de Nazas". 30 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez. Tomo LXXVI, pág. 6939. Sindicato "San Pedro" de Obreros de la Fábrica de Hilados y Tejidos "San Pedro". 30 de abril de 1942. (Indice Alfabético). NOTA: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.

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