PULQUERIAS, TRASPASO DE. CASOS EN QUE EL ENAJENANTE CONSERVA SU INTERES JURIDICO.
Entretanto las autoridades del Departamento del Distrito Federal no autorizan el traspaso de un expendio de pulques, debe entenderse que el enajenante conserva derechos sobre la licencia expedida para su funcionamiento, atento lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento para Expendios de Pulque, Aguamiel o Tlachique del Distrito Federal; en consecuencia, el propio titular de la licencia conserva también su interés jurídico para impugnar en amparo actos que tiendan a perturbarlo en tales derechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/802914-5deca432/pulquerias-traspaso-de-casos-en-que-el-enajenante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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