Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PREDIAL. LAS EXENCIONES QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 155 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL NO CONTRAVIENEN LO DISPUESTO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO, FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 122 CONSTITUCIONAL.-

Clave: 413 · Registro digital (IUS): 900413 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 9a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo I, Const., Jurisprudencia SCJN; Pág. 476

De la interpretación del artículo 122, fracción IV, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone que en las leyes que establezcan contribuciones en el Distrito Federal sobre las materias de su competencia no se podrán considerar a personas como sujetos de contribuciones ni se establecerán exenciones, subsidios o regímenes fiscales especiales en favor de personas físicas y morales, ni de instituciones oficiales o privadas, se deriva que en él no se establece una prohibición absoluta al otorgamiento legal de exenciones, pues en realidad, su objetivo es prohibir que, vulnerando el principio de igualdad, se establezcan exenciones a personas jurídicas individuales o colectivas en forma específica o concreta, por lo que, al atender el legislador a situaciones objetivas, y disponer en el artículo 155 del Código Financiero del Distrito Federal, que no se pagará el impuesto predial por determinados inmuebles, se respeta el referido precepto constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/900413-66ac59f8/predial-las-exenciones-que-establece-el-articulo-155 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo en revisión 1666/95.-Multiva México, S.A. de C.V.-6 de junio de 1996.-Mayoría de diez votos.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Martín Ángel Rubio Padilla. Amparo en revisión 1700/95.-Imref, S.A. de C.V.-6 de junio de 1996.-Mayoría de diez votos.-Ponente: Juan N. Silva Meza.-Secretario: Juan Ramírez Díaz. Amparo en revisión 1985/95.-Inmobiliaria Bancano, S.A. de C.V.-6 de junio de 1996.-Once votos.-Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.-Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Amparo en revisión 128/96.-Parque Santa Fe, S.A. de C.V.-6 de junio de 1996.-Mayoría de diez votos.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Hilario Sánchez Cortés. Amparo en revisión 222/96.-Inmobiliaria y Distribuidora del Centro, S.A. de C.V.-6 de junio de 1996.-Mayoría de diez votos.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Hilario Sánchez Cortés. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo IV, octubre de 1996, página 100, Pleno, tesis P./J. 62/96. véase la ejecutoria y el voto en las páginas 76 y 93, respectivamente, de dicho tomo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis