NOTARIOS. SUSPENSIÓN CONTRA LA ORDEN DE QUE CESEN EN SUS FUNCIONES.-
Es improcedente conceder la suspensión contra el acuerdo administrativo que, fundándose en la ley, ordena que cesen los notarios en sus funciones, porque con dicha suspensión podrán seguirse daños de difícil reparación a las personas que acudieren en solicitud de los servicios del notario, y si la sentencia de amparo es adversa al demandante, resultarían nulos y sin ningún valor todos los documentos que el mismo hubiera autorizado, causándose con ello un notorio perjuicio a la sociedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/911321-31d31a02/notarios-suspension-contra-la-orden-de-que-cesen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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