NOTARIOS.
Como el ejercicio del notariado es de orden público, por la fe que las leyes conceden a los actos en que los notarios intervienen, es improcedente conceder la suspensión contra los actos de las autoridades, que cambien la adscripción de un notario, porque si no se concede la protección constitucional, quedarán inválidos los actos que el notario hubiere autorizado, mientras la suspensión surtió sus efectos, con lo que se perjudicaría gravemente a la sociedad y al Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280681-60710820/notarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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