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TESTIGOS, CITACIÓN DE. EL OFERENTE NO ESTÁ OBLIGADO A DEMOSTRAR LA CAUSA O MOTIVO JUSTIFICADOS QUE IMPIDE QUE LOS PRESENTE.-

Clave: 1176 · Registro digital (IUS): 916313 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia TCC; Pág. 1034

La disposición prevista por el artículo 813, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, en el sentido de que el oferente de la prueba testimonial que no pueda presentar directamente a sus testigos debe solicitar a la Junta que los cite, expresando la causa o motivo justificados que le impidan llevarlos directamente; no significa que deba acreditar esas razones, sino que las invocadas sean lógicas y racionalmente suficientes e idóneas para decretar la medida solicitada; ya que de lo contrario, se daría lugar a un nuevo procedimiento no contemplado por la ley con la consiguiente violación de garantías.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/916313-8e0ceaf6/testigos-citacion-de-el-oferente-no-esta-obligado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo directo 10843/88.-Instituto Mexicano del Seguro Social.-18 de enero de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.-Secretario: Fernando Lúndez Vargas. Amparo directo 2893/89.-Alberto Zapién Peña.-24 de mayo de 1989.-Unanimidad de votos.-Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía.-Secretario: Salvador Arriaga García. Amparo directo 2283/92.-Jeremías Ramírez Suástegui.-11 de marzo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Ma. Edith Cervantes Ortiz.-Secretaria: Ma. Perla L. Pulico Tello. Amparo directo 4123/92.-Jorge Luis Curiel Degollado.-27 de mayo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía.-Secretario: Fco. Javier Montaño Zavala. Amparo directo 6593/93.-Cándido Jiménez Cerezo y otro.-22 de septiembre de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía.-Secretario: Fco. Javier Montaño Zavala. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Segunda Parte, página 655, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 943; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII, octubre de 1993, página 367.

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