Acuerdo mediante el cual se aprueba la actualización del Reglamento en Materia de Recursos Materiales… · Capitulo XI — DEL · Seccion DECIMOCUARTA — DEL COMODATO DE BIENES INSTRUMENTALES Y DE CONSUMO DURADERO
Artículo 89
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 89. La solicitud de comodato deberá reunir los siguientes requisitos:
Elaborarse por escrito en papel membretado del organismo solicitante de que
se trate;
Dirigida al Titular de la DGA;
Firmada por el titular del organismo solicitante, o por su representante legal con/
facultades suficientes para ejecutar y celebrar contratos de comodato;
com
Indicar la cantidad de bienes solicitados en comodato, el tiempo que los
requiere y el uso que le dará a los bienes;
Aceptar en ese mismo escrito que la entrega y devolución de los bienes se
realizará en el lugar que le indique el Instituto y que el traslado de los bienes será
por su cuenta y riesgo, y
Presentar la solicitud con un mínimo de diez días hábiles de anticipación a la
fecha en que se requieran los bienes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- DERECHO DE PETICION. (s/clave)
- ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PETICION. (s/clave)
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